Balance Anual de Gestión Pública (BAGP) conforme al Decreto N.º 4.780/2021 “Anexo A” Art.: 274° “Proceso de Control y Evaluación Presupuestaria”, inciso 1.b) Informe de Cierre, que establece: “Los OEE deberán elaborar y presentar en forma anual a la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda, un único informe, denominado Balance Anual de Gestión Pública (BAGP)» en su penúltimo párrafo que dice: Una vez presentado en la Dirección General de presupuesto del MH, los OEE publicarán el BAGP en la página web institucional, conforme el Art. 3º inciso i) de la Ley N.º 5189/2014.